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Condenado el creador Toni Meca a pagar 90.000 euros a la Sagrada Familia por el proyecto cinematográfico sobre Gaudí

 

Un juez de Barcelona ha condenado al creador Toni Meca a pagar 90.714 euros a la Junta Constructora del Temple Expliatori de la Sagrada Familia por vulnerar los derechos de explotación y difusión de la obra de Gaudí en un proyecto cinematográfico sobre el arquitecto catalán. Según la sentencia, Meca no tenía derecho a difundir un CD-ROM con la recreación virtual del templo finalizado puesto que no tenía autorización para ello.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona ha condenado a Toni Meca y a la productora Cover 7 Productions por los CD-ROM y los libros que sacaron al mercado pese a que los demandados sólo había solicitado autorización para elaborar un largometraje sobre la Sagrada Familia.

La Junta Constructora del TEmple Expiatori de la Sagrada Familia interpuso una demanda tras descobrir la presencia en el mercado de varios productos relacionados con la Sagrada Familia que Meca había elaborado a partir de la documentación recabada para la elaboración de la película.

Los demandantes, como titulares de los derechos de explotación y difusión de la obra del arquitecto catalán, emprendieron acciones legales por considerar que no habían autorizado la elaboración de los CD-ROM ni de los libros puesto que el permiso concedido se circunscribía a la película que Meca quería rodar.

La productora Cover 7 Productions sacó al mercado dos ediciones del CD-ROM "La Sagrada Familia Terminada" que incluía una recreación virtual de la catedral construida y del libro "¿Sabías que... Gaudí?" además de dos pósters con representación virtual frontal y trasera de la Sagrada Familia.

Meca salió al paso de la demanda alegando que la Junta de Construcción no tenía el derecho de reclamar por una vulneración de la propiedad intelectual puesto que no eran los titulares de ese derecho. El juez rechazó esta objeción y apreció que el demandado se había "extralimitado".

Asimismo, la sentencia señala que pese a que director cuestiona el derecho de los demandantes reconoce implícitamente que son los beneficiarios. En este sentido, el juez recuerda que Meca "pidió autorización a la Junta, cooperación y negoció con ella lo cual es revelador de un reconocimiento de su titularidad de los derechos de propiedad intelectual.

En cuanto a la cantidad de la indemnización, el juez estima en 87.714 euros los daños patrimoniales por la "venta ilícita" de los productos y tan sólo en 3.000 euros los daños morales. La baja cuantificación de los perjuicios morales está justificada por el magistrado en "la seriedad y respecto hacia el artista" del proyecto de Meca.

Además de la condena pecuniaria, el juez ordena que se reconozca "ilícita" la venta de los CD-ROM y de los libros y que se suspenda su distribución, así como la retirada de los comercios de cuantas unidades y ejemplares haya. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona.

Europa Press
Miercoles 21 de Julio 2004